Como seguramente sabréis, son muchas las multas que se recurren y, en ocasiones, no nos hacemos una idea sobre los motivos para ello, más allá de probar suerte. Sin embargo, hay una serie de mecanismos que nos pueden ahorrar el mal trago de perder una cantidad de dinero por cometer una infracción de tráfico.
En el caso que hemos podido conocer vemos una resolución que puede servir de cara a futuro para que o bien los agentes de tráfico redacten mejor las sanciones o nosotros nos libremos de pagar las multas si las recurrimos adecuadamente.
Debe especificar la ley
Cuando nos ponen una multa, no solamente tienen que habernos pillado con las manos en la masa, sino que la autoridad sancionadora tiene que hacer bien su labor y dejar bastante claro qué leyes hemos infringido. En caso contrario, la multa no tendría la validez suficiente como para que tengamos que hacer frente al importe a pagar.
El caso en cuestión es el de una conductora a la que impusieron una sanción de 300 euros, lo que indica que superaría el límite de velocidad en más de 20 km/h en zona urbana o en más de 30 km/h en interurbana. Con la cantidad de radares de velocidad que hay, no es tan complicado que nos pillen algo pasado de revoluciones, aunque ir a más 150 km/h ya es exagerado (o a 80 km/h en poblado).
Por tanto, “no basta con aludir genéricamente que el procedimiento sancionador ha sido iniciado como consecuencia de una infracción a lo dispuesto en la LTSV y disposiciones complementarias en materia de límites de velocidad, cuando por ningún sitio aparece la cita o transcripción del artículo 76.a) R.D.L. 6/2015, que efectúa el Abogado del Estado al dar contestación, porque dicha mención no se puede evacuar en sede jurisdiccional para subsanar la carencia detectada durante la instrucción y resolución del procedimiento gubernativo en cuestión”. Como resultado, anula a esta conductora “la multa de 300 euros por conducir el 22 de abril de 2023, a las 12:57 horas, un vehículo superando la velocidad permitida, que se anula por no resultar ajustado al ordenamiento jurídico”.