Desde mediados del mes de abril de 2023, el Gobierno ha comenzado con el reparto de la ayuda de 200 euros. Técnicamente conocida como «ayuda para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio», su misión era la de paliar los efectos de la inflación y la subida de precios generalizada. Lejos de ser una medida de emergencia y pagarse de manera ágil, el cobro se está retrasando pese a que por el momento ha habido dos rondas de pagos.
El Gobierno anunció durante la presentación de esta nueva ayuda que el plazo para efectuar el pago a todos los solicitantes cuya ayuda hubiera sido aceptada podría esperar. De hecho, es posible que se extienda hasta finales de junio, así que deberemos tener paciencia, porque no es que haya sucedido algún tipo de incidencia.
Sin embargo, podemos tener ciertas pistas sobre cuándo podría llegar este pago y así tener esos 200 euros. Te explicamos cómo puedes comprobar si el momento de disponer de ese dinero está cerca.
¿Cuándo recibiré la ayuda de 200 euros?
El plazo para solicitar el cheque de ayuda de 200 euros impulsado por el Gobierno terminó el 31 de marzo. Esta fecha es significativa. No solamente porque si lo hiciste fuera de plazo no te va a ser concedida, sino que indica el plazo a partir de la cual deberían llegar los pagos.
“El plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario. [El plazo acabó el 31 de marzo, por lo que deberían haber llegado todos los pagos antes del 30 de junio de 2023, aunque no ha sido así tras la convocatoria de Elecciones Generales]. Cuando, a la vista de la solicitud presentada y la información de que disponga la Agencia Estatal de istración Tributaria, no resulte procedente el abono de la ayuda, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de istración Tributaria y, en su caso, presentar alegaciones”.
Para comprobar si la ayuda de 200 euros ha sido aceptada, hay que acudir a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y seleccionar la opción «Consulta de solicitudes presentadas». Deberemos usar uno de los métodos habituales de identificación: certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN. Tras esto, sigue los siguientes pasos: GAS-Gestión de Ayudas Sectoriales directas» > ejercicio 2023 > Buscar > Descarga fichero presentado > Ver.
Por último, en la columna «Observaciones» aparece la información sobre el expediente, si está aceptada la solicitud o si existe alguna incidencia. En resumen, para descargar el fichero de la solicitud y ver si la Agencia Tributaria ha concedido el cheque: ALTA, aceptada / BAJA, no concedida.
En el caso de que siga en estado de «ALTA» pero no la hayas cobrado, puede servirte otra indicación. Si indica 0A (si muestra ALTA significa que todavía está pendiente de aprobación), tan solo debemos esperar a que se realice el pago. Podemos respirar tranquilos y ya solo nos queda relajarnos y esperar. Este código indica que la Agencia Tributaria finalmente ha aceptado la solicitud. Tan sólo te quedará esperar a recibir la ayuda. Ha sido solicitada por más de 2 millones de personas en España, así que es normal que se hayan producido estos pagos fraccionados, aunque todavía estén dentro del plazo prometido.
Dudas frecuentes de la ayuda de 200 euros
Son bastantes las dudas sobre la ayuda de 200 euros del Gobierno. La primera y mayor es la de cuándo se podrá pedir y lamentamos decirte que el plazo ya ha finalizado. Otra gran cuestión es acerca de las personas que la pueden pedir. Aquí os dejamos la información oficial sobre las personas que no tienen derecho:
- Perciban el Ingreso Mínimo Vital (incluye complemento de ayuda a la infancia)
- Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos).
Finalmente, hay que hablar del límite de renta. Aquí la ley es clara y dice que «Para tener derecho a la ayuda es necesario que en 2022 no se superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).»