Nuevo varapalo de Hacienda: tendrás que hacer la Renta por este ingreso, aunque no llegues al mínimo

Hacienda fija un umbral de ingresos mínimos exentos de declarar en la Renta. Esta medida tiene como objetivo aliviar la carga fiscal de los contribuyentes con menores recursos. Sin embargo, existe una excepción importante que conviene tener en cuenta.
La Agencia Tributaria actualiza de forma anual los límites que están exentos de tributar en la Renta. Por debajo de ciertas cantidades, si no existe ninguna excepción, los contribuyentes que cobran menos de una cierta cantidad de dinero no están obligados a regularizar el IRPF del año anterior. Una medida que busca reducir el impacto fiscal que tienen los impuestos en las personas que tienen menos ingresos.
Para este año 2025, Hacienda estipuló el límite en 22.000€ al año en el caso de tener un único pagador. Si tenemos dos pagadores, el límite cae hasta los 15.876€ al año, siempre y cuando el segundo pagador y el resto de los mismos no superen los 1.500€. Siempre que nos encontremos por debajo de estas cantidades, no tendremos la obligación de presentar el borrador. Aunque, recientemente, la Dirección General de Tributos, conocida como DGT, ha confirmado que existe una excepción que afecta a los contribuyentes que han tenido ganancias derivadas del juego online.
Si has ingresado más de 1.000€ por juegos online, tienes que presentar la Renta
El artículo 96 de la Ley del IRPF establece que están exentos de declarar el IRPF todos los contribuyentes que en la suma de sus ingresos por trabajo, capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales, como es el caso del juego online, no superen los 1.000€ al año. No obstante, en cuanto se supera esta cantidad, pasa a ser obligatorio realizar la correspondiente declaración del IRPF.
Así lo ha afirmado el organismo ya mencionado en una consulta que emitió un contribuyente el pasado 25 de marzo y que hoy recoge el diario elEconomista. En la misma, dicho contribuyente afirmaba haber ganado 3.000€ en un bingo online durante el año pasado, pero sus ingresos por su actividad profesional eran menos de 22.000€ al año. Por lo que no tenía claro si estaba obligado a declarar o no.
Si tenemos únicamente en cuenta únicamente los ingresos que percibe por su actividad profesional, efectivamente, no debería presentar la Renta. Sin embargo, al haber percibido más de 1.000€ de beneficios por sus actividades lúdicas online, tendría que ajustar las correspondientes cuentas con Hacienda.
La única excepción, la Lotería
No ocurriría lo mismo si los beneficios ingresados hubieran sido a raíz de la Lotería Nacional. En este caso, la Dirección General de Tributos recuerda que se trata de una tipología de premio diferente y cuenta con una excepción de 40.000€. Es decir, por debajo de tal cantidad, no debemos regularizar el ingreso con el fisco. Superada la misma, sí que tendremos que ajustar cuentas.
Recuerda que es importante estar al tanto de este tipo de regulaciones y de excepciones, puesto que en el caso de que no introduzcamos alguna cantidad o nos equivoquemos a la hora de presentar nuestra Renta, podríamos tener problemas con Hacienda en un futuro.
Si tienes dudas, la Agencia Tributaria permite la presentación de la Renta de forma presencial desde el próximo 2 de junio. Para ello, es necesario solicitar cita previa desde el próximo 29 de mayo hasta el 27 de junio, ambos inclusive.