Los alquileres vacacionales en Airbnb (y otras similares) se han convertido en algo cada vez más habitual y a lo que recurren miles de turistas cada año. Tienen la particularidad de que es una vivienda particular que se alquila por días, por lo que el casero a priori debería tener la interacción justa con nosotros más allá de darnos las llaves o facilitarnos una forma de . Sin embargo, hay algunos que incluso controlan remotamente elementos como el aire acondicionado en verano. ¿Es su derecho al ser su vivienda o están cruzando una línea roja?
La polémica por esta posible interacción del casero en nuestra estancia en un alojamiento tipo Airbnb comenzó con una
El principal problema del producto es el enfoque. Instalar uno en nuestra casa puede ser realmente útil por ejemplo para enfriar la casa antes de llegar y que de esa manera esté suficientemente atemperada en verano. También puede ser una forma de apagar el aire acondicionado si nos lo hemos dejado puesto por olvido o porque pensábamos regresar a casa en pocos minutos y al final nos hemos entretenido. El uso habitual de un dispositivo que permite apagar o encender remotamente, vaya.
Sin embargo, que el principal reclamo sea controlar si tu huésped, sea de forma temporal como en un Airbnb, o el inquilino habitual en un alquiler tiene la temperatura tan baja que consideres que te va a subir la factura, parece descabellado. Más allá de lo polémico, ¿desde el punto de vista es legal que lo hicieran?
¿Puede controlar el uso tu casero de Airbnb?
Que no queramos que nos hagan algo no significa que no se esté en derecho de que nos lo hagan, así que hay que rebuscar en las normativas dispuestas en la legalidad vigente. Comencemos por ver qué defensa hace la marca propietaria del artículo de la discordia. En declaraciones a
Esas opiniones de expertos en leyes las encontramos en Maldita.es, con testimonios que dejan claro que hay cierta incertidumbre al respecto. El resumen es que no hay legislación específica sobre quién tiene el control del mando.
Juan Ortolá, abogado de Derecho Civil en Ortolá Abogados, opina que, mientras que el arrendador tiene que cumplir las condiciones mínimas de habitabilidad que marca la ley, la regulación de la climatización depende de quién pague los gastos de suministros. Aun así, en caso de que sea el casero, colisionan dos intereses: el del propietario de impedir un uso abusivo, y el del inquilino de regular estos dispositivos a su gusto.
Alfonso Rodríguez Sánchez, presidente de Consubal (Consumidores y s de Islas Baleares), asegura que en estos casos es importante fijarse en las condiciones de uso. Especialmente cuando se trata de arrendamientos vacacionales, ya que el “propietario de la vivienda no puede controlar la temperatura si no forma parte de las condiciones de contratación”.