Mi operador me ha dejado sin internet por una avería, pero no se hace responsable, ¿a quién puedo reclamar?

Cuando sufrimos un corte en nuestra conexión a consecuencia de una avería, es la operadora la que debe hacerse la responsable de dicho problema. Pero, ¿y si no es así? ¿Dónde puedo reclamar?
La conexión a internet se ha convertido en un imprescindible para nosotros, no solo para teletrabajar, también para acceder al contenido de nuestras plataformas de streaming preferidas, escuchar música o estar al tanto de las últimas noticias que están sucediendo a nuestro alrededor. Además, a medida que una mayor cantidad de dispositivos dependen de esta conexión para poder funcionar, como los altavoces o, incluso, los electrodomésticos, su importancia es todavía mayor.
Pese a que el servicio que nos ofrecen la mayor parte de las operadoras es cada vez más estable, los imprevistos y las averías ocurren. Y, como consecuencia, es posible que nos quedemos sin internet en el momento más inesperado, con los problemas que ello puede llegar a causarnos. Si nos encontramos ante esta situación, ¿a quién debemos reclamar?
La responsabilidad es del operador
Acudimos a la Oficina de Atención al de las Telecomunicaciones para dar respuesta a esta pregunta. Según afirma dicho organismo, en el caso de que nos encontramos con el servicio de internet interrumpido, la reclamación siempre debe realizarse ante el operador con el que se haya contratado el servicio. Dicho proveedor de servicios está obligado, además, a compensarnos con la devolución del precio del servicio, prorrateado por el tiempo que ha durado la interrupción.
Como s, no es necesario que tengamos que poner una reclamación para recibir dicha compensación. Los operadores están obligados a indemnizar de manera automática a sus s cuando presentan alguna interrupción en el servicio y cuando el importe de la compensación sea superior a un euro, dicho operador tiene que realizar la indemnización automáticamente al abonado en la factura siguiente al periodo considerado. En la factura en la que se realice el pago de la compensación deberá aparecer la fecha, la duración y el cálculo de la cuantía de dicho importe.
Cómo se calcula la indemnización
Como ya hemos anticipado, si la avería únicamente afecta al servicio de internet, calcular la indemnización es muy sencillo: deberemos prorratear la cuota que se abona con carácter mensual por el tiempo que ha durado la indemnización. Si se trata de una oferta conjunta, si el operador indica la parte del precio que corresponde a cada servicio, se aplicará la misma regla anterior.
En el caso de que no sea así y nos encontremos con un precio global, se considerará que el precio correspondiente al servicio de a internet es del 50% del precio total. Por lo tanto, se tendrá en cuenta dicho importe para hacer el cálculo correspondiente y su posterior abono al cliente.
Por tanto, el responsable siempre es el operador y, en caso de ser necesario, la reclamación se debe realizar al propio proveedor de servicios. En caso contrario, deberíamos dirigirnos al mismo organismo mencionado previamente para iniciar una reclamación al considerar que nuestros derechos han sido vulnerados.