Su empresa le pagaba con retraso y ahora le indemnizará con casi 50.000 euros

Pagar tarde a los empleados puede acabar saliendo muy caro. Prueba de ello es una reciente sentencia que ha condenado a una empresa a pagar 48.232,73 euros a un empleado por retrasos constantes en el pago de sus nóminas.
Durante un año completo un trabajador sufrió la incertidumbre de no recibir sus pagos en el momento debido y, tras dos negativas judiciales, finalmente consiguió que el Tribunal Supremo se pusiera de su lado.
Casi 50.000 euros de indemnización
Este caso se remonta al periodo comprendido entre abril de 2019 y marzo de 2020. El trabajador denunciante percibía sus retribuciones con promedio de retraso de 10,5 días según lo acordado con la empresa que le tenía empleado.
Por citar un ejemplo, para ese primer pago con retraso de la nómina de abril de 2019 la empresa incluso decidió dividir la misma en dos pagos, que no se hicieron efectivos respectivamente hasta el 20 de mayo y el 31 de mayo del 2019.
Lejos de ser un caso puntual, la empresa siguió cometiendo los mismos retrasos durante el periodo antes mencionado, así que
Aun así, el trabajador siguió reclamando y formalizó un recurso de casación para la unificación de doctrina proponiendo como sentencia de contraste la dictada por la Sala Cuarta del TS de 22 de diciembre de 2008.
“En ambos supuestos se han producido retrasos en el pago del salario de una media porcentual similar, y durante un periodo prolongado de tiempo –a lo largo de un año en la recurrida, y poco más de dos en la de contraste-, coincidiendo que las respectivas empresas tienen dificultades económicas, más aún la de contraste que estaba concursada, lo que abundaría en la contradicción a fortiori”.
Finalmente el Tribunal Supremo dio la razón all trabajador y estableció que la situación vivida por este tenía la suficiente gravedad ya que el retraso en el pago no fue esporádico sino reiterado en el tiempo.
Con estos argumentos, el Alto Tribunal termina revocando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social, declarando la extinción del contrato de trabajo y condenando a la empresa a abonar la indemnización prevista para el despido improcedente, es decir, en el caso de autos, 48.232,73 euros.