Debes tener en cuenta una serie de normas y reglas obligatorias que te indican dónde volar un dron y qué indicaciones debes seguir. La normativa ha cambiado, así que te comentamos cuáles son las nuevas normas del juego y qué cambios hay con respecto a la normativa, así como el período de transición.
No es necesario ser un profesional para volar un dron, pero sí es necesario que cumplas con una serie de normas y leyes que regulan dónde volar un dron y dónde no o cómo hacerlo. Es también interesante sacarse un seguro para drones que pueda cubrir los gastos que suponga un accidente inesperado como un choque contra un vehículo o daños a alguien.
El 31 de diciembre de 2020 entró en vigor la normativa que cambió por completo todo lo que hasta ese momento se había dicho en torno al vuelo de drones en nuestro país. Partiendo de esta base, posteriormente el 5 de junio de 2024 se introdujo un nuevo Real Decreto que actualizó y emparejó el marco jurídico español con el europeo.
Desde finales de 2020, la norma no hace distinción entre s profesionales y recreativos por lo que el reglamento debe aplicarse a cualquier aeronave no tripulada indistintamente de su masa y de su uso y ya sea con fines profesionales o recreativos. Con algunas excepciones como control fronterizo, vigilancia costera, aduanas, policía, salvamento, búsqueda o lucha contra incendios, por ejemplo.
Quién puede volar un dron
Puede volar un dron cualquier persona, pero dependerá del tipo de dron o de la actividad que podamos hacerlo con o licencia de piloto. Debe quedar claro que no siempre necesitas licencia de piloto para volar un dron, lo que no quita que no debas cumplir unas reglas.
Sin embargo, todavía a día de hoy podemos comprar un dron y comenzar a valorarlo por pura diversión en un espacio que cumpla con la normativa para ello. También para poder grabar recuerdos durante nuestras vacaciones o inmortalizar cualquier experiencia deportiva en la que vayamos a participar, por ejemplo. Simplemente, debemos estar al tanto de las últimas actualizaciones en materia legislativa para evitar meternos en problemas a nosotros mismos o a cualquier persona que vaya a interactuar con el dron en cuestión.
En resumen: hay drones que no necesitan licencia de piloto ni certificado de vuelo, pero sí debes cumplir las leyes sobre dónde volar y cómo, que te explicaremos en próximos párrafos. Dependerá siempre de la aeronave que vayas a utilizar o del uso que hagas de ella si puedes pilotar un dron y si puedes hacer esto sin licencia. Por esto mismo, habrá que tener en cuenta los siguientes puntos clave que os daremos:
- La edad mínima en la que se puede actuar como operador de UAS y específica se establece en 16 años.
- La edad mínima para pilotar drones en España en la categoría abierta es entre 12 a 14 años según el tipo de dron y la subcategoría correspondiente. Si se hace con supervisión de un adulto, no hay edad mínima, concretamente en este caso en el que quieres saber cómo volar un dron sin licencia. Teniendo en cuenta estas condiciones, cualquiera puede volar drones, aunque no todos ni en todas las circunstancias.
- Para tener licencia de piloto se requiere ser mayor de edad.
Y no solo hay que tener siempre presentes los aspectos que os acabamos de mencionar, sino que hay que tener en cuenta que todo piloto de drones recreativo o profesional es responsable de su dron y su correcto uso, por lo que debes cumplir toda la legislación y condiciones para volar aeronaves existentes, sin poner en riesgo a terceros.
Conoce los tipos y categorías de drones que hay, qué necesitas para volar un dron, dónde puedes hacerlo y cuáles son las condiciones en caso de que este pese menos de 250 gramos, además de cómo denunciar vuelos irregulares o qué podría sucederte si pilotas un dron sin licencia teniendo que tenerla o lo haces donde no corresponde.
Categorías de drones
Antes de nada, es importante mencionar cuáles son las categorías de drones que nos podemos encontrar en la actualidad. Más que nada, porque dependiendo de la categoría, podrás hacer volar ese tipo de dron o no por nuestra cuenta en caso de que tengamos licencia o no. Estas son la categoría abierta, específica y certificada. Cada una de ellas tiene sus requisitos y particularidades, así que te los comentamos para que sepas más sobre ello.
Categoría abierta
Los vuelos de bajo riesgo están dentro de la categoría abierta. No permiten sobrevolar grupos de personas, transporte de materiales o mercancías peligrosas ni operaciones autónomas. En esta categoría no hace falta autorización previa ni declaración del operador porque son considerados de “bajo riesgo” pero sí hay que cumplir una serie de requisitos imprescindibles.
- Pilotos de más de 16 años o supervisión directa de piloto remoto.
- Registro del operador UAS.
- Aprobación de formación teórica o examen, según la subcategoría.
- Mantener el dron en la línea de visión.
- Altura máxima de 120 metros.
- Masa máxima de despegue de menos de 25 kilogramos.
A su vez, como recogen desde la página web OneAir, hay una serie de subcategorías dentro de la categoría abierta: A1, A2 y A3. Dependerá de ser parte de una u otra que las aeronaves cumplan una serie de requisitos, así como los propios pilotos.
Limitación Subcategoría | Requisitos Aeronaves | Requisitos del Piloto |
---|---|---|
A1 Se permite el sobrevuelo de personas ajenas a la operación |
Construcción privada o previa a la norma de Clase C0: ( Clase C1: ( |
Privada y C0: Familiarizarse con el manual de del fabricante. C1: Familiarizarse con el manual de del fabricante. Completar un curso online Superar examen teórico online |
A2 Se permite el vuelo cerca de personas ajenas a la operación Manteniendo, una distancia de seguridad (30-5 metros) |
Clase C2 ( |
Familiarizarse con el manual de del fabricante Poseer un certificado de competencia de piloto remoto, obtenido mediante formación y examen online, autopráctica y examen presencial |
A3 Operaciones en áreas donde no se espera peligro a personas ajenas a la operación Manteniéndose a |
Construcción privada o previa a la norma de Clase C2 ( Clase C3 ( Clase C4 ( |
Lo mismo que la Clase C1 en A1 |
Categoría específica
El reglamento de diciembre de 2020 recoge esta categoría específica con operaciones de riesgo que no encajan en la anterior y que también tienen unas características:
- Vuelos más allá de la línea visual, también conocidos como vuelos BVLOS (Beyonds Visual Line of Sight).
- Operaciones a más de 120 metros de altura.
- Uso de drones de un peso mayor a 25 kilogramos.
- Vuelos urbanos sin marcado CE.
- Vuelos urbanos con drones de más de 4 kg. Y el peso está limitado a 10 kg, de superarse no se podrá realizar el vuelo.
- Volar sobre aglomeraciones de personas.
- Arrojo de materiales.
En este caso, hay que cumplir una serie de requisitos:
- Edad mínima de 16 años.
- Registro obligatorio como operador del UAS.
- Necesario un estudio SORA realizado por el operador.
Categoría certificada
La última categoría es la certificada y con normas que aún están en desarrollo, pero que incluiría las siguientes operaciones:
- Sobrevolar reuniones de personas con un dron de más de 3 metros.
- Sobrevolar aglomeraciones, se transporte mercancías peligrosas o haya transporte de personas.
- Estudio de seguridad SORA que implique necesidad de certificación y licencia de piloto.
- Drones certificados bajo el Reglamento UE 2019/45.
Hay que tener en cuenta que las normas más detalladas de esta categoría en particular de los drones todavía están bajo desarrollo por parte de la Unión Europea. Pero, de primeras, estos puntos son los requisitos generales para las operaciones que estén dentro de esta categoría en concreto.
Tipos de drones según su peso
La normativa europea clasifica los drones teniendo en cuenta su peso o masa máxima de despegue. Las categorías son C0, C1, C2, C3, C4, C5, C6. En cada una, se indican las especificaciones de cada modelo para un uso seguro. Han de indicar la categoría a la que pertenecen en el propio aparato.
A partir del 1 de enero de 2023, tras un período transitorio para que pudieran incluir el marcado de la categoría en los modelos que distribuyen, se puso como obligatorio y solo se pueden vender los que incluyan la categoría correspondiente:
- Las clasificaciones de drones son:
- C0, para drones de menos de 250 grs.
- C1, correspondiente a drones con más de 250 y menos de 900 grs.
- C2, para drones de hasta 4 kg.
- C3, C4, C5 y C6, correspondiente a drones de más de 4 kg y menos de 25 kg.
- La importancia del peso
El peso de un dron es importante porque existe una regulación establecida con respecto al registro de drones. Específicamente, la norma estipula que cualquier dron que pese 250 gramos o más, y menos de 25 kg al despegar debe registrarse para obtener un número de identificación. Principalmente, la razón por la que existen requisitos para drones que tienen un peso determinado es porque se cree que los que pesan 250 gramos o más pueden ser más peligrosos para el público en caso de que algo salga mal, como cuando el dron se estrella o cae en picado.
Al igual que un avión, el peso del dron es importante cuando se trata de la navegación en el aire y su rendimiento mientras vuelva. Hay muchos factores diferentes que debemos tener en cuenta cada vez que volemos cualquier tipo de aeronave, y por eso la mayoría se han diseñado para que no sean ni demasiado ligeras ni demasiado pesadas. Sin embargo, el peso del dron afecta a sus capacidades generales de vuelo. Un tipo más ligero es más fácil para que los rotores generen sustentación. Pero, también hay que saber que es posible que los drones más ligeros no nos aporten el mejor rendimiento. Cuanto menos pese, más probable es que tenga una batería y rotores más débiles.
- Transitorio EASA
A partir del 1 de enero de 2024, aquellos que se utilicen dentro de la categoría abierta, tienen que pertenecer a una de estas clases: C0, C1, C2, C3 o C4. Tal y como establece Reglamento Delegado (UE) 2019/945 o ser de construcción privada, de acuerdo con lo indicado en el anexo (Parte A) al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947. Aunque también pueden adaptarse a los períodos transitorios y los requisitos que se definen en los artículos 20 y 22 de este reglamento.
Para los drones dentro de la categoría específica, se debe tener en cuenta los siguiente: ‘A partir del 1 de enero de 2024, las declaraciones operacionales presentadas para operaciones en los escenarios estándar europeos, deberán emplear UAS con etiqueta de identificación de clase C5 o C6 establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2019/945, dependiendo de si la operación se realiza en el escenario estándar ‘STS-01’ o ‘STS-02’ respectivamente establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947‘. Y en el resto de los casos, se tendrá que pedir una autorización operacional según el art. 12 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947.
Condiciones y requisitos
Si quieres tener y volar un dron, es necesario cuáles son las condiciones y requisitos que se aplican en todo caso teniendo en cuenta la legislación del momento. Por eso mismo, comentaremos qué hacer para registrarlo y si es necesario tener una licencia para volarlo, y si existe alguna restricción al respecto. Especialmente, si será necesario o no contar con licencia para poder hacer volar un dron en España.
Registro del dron
Es imprescindible realizar un registro como operador de drones a través de la página de la AESA o Agencia Estatal de Seguridad Aérea si tu dron está certificado, es decir, no es necesario llegar a registrarlo si no está certificado. Una condición que encontramos en los aspectos claves de la AESA: “Los operadores de UAS deberán registrarse ante AESA e indicar su número de registro en las aeronaves no tripuladas, creándose un registro de operadores interoperable a nivel comunitario». Para ello, basta ir a la página de la AESA y acceder al apartado «Registro» donde verás un documento guía para hacerlo.
Hay otros requisitos. Según recoge la AESA: «Los operadores de UAS se registrarán en el Estado miembro en el que residan si son personas físicas o en el que tengan su centro de actividad principal si son personas jurídicas, y se asegurarán de que su información de registro es exacta. Un operador de UAS no podrá estar registrado en más de un Estado miembro a la vez. Adicionalmente, el propietario de una aeronave no tripulada cuyo diseño esté sujeto a certificación deberá registrarla».
El registro está vigente y es válido durante cinco años y se reconocen todos los países de de la AESA. ¿Cuándo no tienes que registrarlo? Si tu dron es considerado como “juguete”, tal y como se explica en la directiva 2009/48/CE. Si tiene más de 250 gramos de peso, debe estar identificado con una matrícula y tiene que contar con la siguiente información en una placa ignífuga que esté correctamente colocada en la carcasa:
- El fabricante del dron.
- Qué tipo de dron tienes.
- El modelo.
- El número de serie.
- Nombre del piloto y los datos de o.
¿Cuándo hace falta licencia?
Desde finales de 2020, los requisitos o casos en los que hace falta licencia cambiaron. Hasta el 31 de diciembre de 2020, decíamos lo siguiente: en el caso de la licencia de piloto, se requiere a las personas que vayan a utilizar un dron profesional y que vayan a desempeñar una actividad profesional. Si se da este caso (vas a usarlo de forma profesional) necesitarás acreditar conocimientos teóricos y prácticos. Además, necesitarás un certificado médico LAPL para drones de un peso menor de 25 kg o un certificado médico de clase II para drones con peso mayor a 25 kg. Si vas a usarlo de forma lúdica y tiene un peso de menos de 25 kg, podrás hacerlo sin certificado o licencia.
Este es uno de los grandes cambios porque todo el mundo deberá acreditar conocimiento en el vuelo de aeronaves. La actual normativa establece tres categorías diferentes según el riesgo de la operación: abierta, específica y certificada. Para volar drones en la categoría abierta de la nueva Normativa UAS, es obligatorio superar el correspondiente examen en AESA, que puede ser de Nivel 1 o Nivel 2 (dependerá según el riesgo).
Por su parte, para volar en categoría específica, hay que superar el examen de AESA de Nivel 3, para operar en los escenarios estándar contemplados en ella. La categoría certificada recoge las operaciones con riesgo alto, con una dimensión de tres metros o más y sobre concentraciones de personas, para transporte o que puede poner en riesgo a terceras partes. Estas operaciones sí necesitan pilotos con licencia, un operador certificado y que el UAS tenga certificado. El operador aéreo debe tener el certificado AOC emitido por AESA.
Si tu dron es de menos de 250 gramos, independientemente de su uso, no necesitarás una licencia para pilotarlo, aunque sí es imprescindible que te familiarices con el manual del y aprendas a utilizarlo. Aunque no sea obligatorio es recomendable y gratuito, así que puede ser interesante que te plantees hacer el examen en el que tendrás que superar una parte teórica, práctica y certificado médico que te permitirán si lo deseas después pilotar pilotos con más de este peso. Los drones con 250 gramos sí requieren licencia, así como los que superen este peso, mientras que de 249 o menos gramos de peso ya no existe esta obligación. Al menos es así en la actualidad y no sabemos si en próxima normativa esto puede cambiar nuevamente.
Requisitos para volar
Más allá de la mencionada licencia de drones, hay dos requisitos que debes tener para que puedas volar de forma profesional o para cualquier aeronave de peso superior a lo permitido por ocio: la matrícula o placa identificativa y un seguro para drones que proteja al piloto del dron y al dron. Por esto mismo, os detallaremos estos dos puntos a tener en cuenta a la hora de querer hacer volar un dron:
Matrícula o placa identificativa
Cualquier RPA profesional (no necesariamente en caso de vuelos lúdicos) debe llevar una placa de identificación ignífuga en la que tendrán que incluirse el nombre del fabricante, el tipo, el modelo, el número de serie y el nombre del operador y los datos de o del piloto habitual de ese dron o aeronave.
Esta información debe estar grabada a través de cualquier método homologado de grabado ignífugo (grabado químico, estampado…) y que esté legible, a la vista e indeleble. Y es que, según la normativa, estos datos deben ir en la placa mediante cualquier método que sea ignífugo y esté homologado: ‘como el grabado químico, el troquelado, el estampado o escrito con tinta indeleble, de forma clara y legible‘. Todos los drones de más de 251 gramos de peso han de estar debidamente identificados con esta placa.
Seguro de drones
No es obligatorio, pero sí recomendable. Dependerá de las condiciones y características de la persona que lo maneja y del aparato en cuestión. No necesitas siempre un seguro, aunque es muy aconsejable que lo tengas para evitar problemas durante el vuelo. En cambio, si el dron se usa de forma profesional ya sea para extinguir un incendio o para controlar las carreteras, siempre debe tener un seguro. Tenga el peso que tenga. También debe tenerlo en caso de ser un dron que requiera licencia y tenga un peso mayor de 25 kilogramos, aunque lo uses tú como forma de ocio.
Los seguros cubren al piloto del dron y no al dron. Es decir, si vas a pilotar varias aeronaves con un seguro te cubrirás para todas ellas. No necesitas tener un seguro para cada aparato sino uno que cubra todos los que vas a volar. Y cubrirán daños ocasionados materiales o daños físicos a personas, aunque la cobertura dependerá de muchos factores.
En la actualidad, las principales compañías de seguros cuentan con una modalidad de seguro específico de drones, por lo que puedes consultar los precios y condiciones de cada uno de ellos para elegir el que más te interese. No obstante, debes saber que existen distintos tipos de seguros para drones:
- Seguros para vuelo recreativo: en muchos casos, cuando se hace un uso particular, estos seguros se pueden adquirir desde el propio seguro del hogar.
- Seguros para flotas: estos seguros están destinados a compañías que tienen flotas de drones para uso recreativo o profesional. Del mismo modo, algunos de estos seguros acaban revendiéndose a particulares o entusiastas por parte de otras compañías aseguradoras.
- Seguros por días o por horas: ¿Te compensa pagar una suma de dinero todos los meses si solo vas a sacar tu dron unos cuantos días al año? En algunos países de Europa, estos servicios están disponibles para ser contratados de forma puntual. Por ejemplo, algunos profesionales de la agricultura los contratan para los días del año que van a hacer uso de ellos.
- Seguros de daño y pérdida: además de existir seguros que cubren el daño a terceros, existen también seguros para el propio dron. Digamos que es un servicio similar a una cobertura ‘a todo riesgo’ en un automóvil. Por lo general, estos seguros son bastante caros, y solo son rentables si se hace un uso profesional de la aeronave.
Por último, también debes saber que, dentro de la Unión Europea, es posible contratar un seguro de una compañía que se encuentra en otro país. Tienen precios más económicos y ofrecen coberturas más amplias. Por ese motivo, puedes contratar un seguro por horas al margen de las cinco grandes compañías que aseguran drones en España.
¿Dónde puedo volar?
Tener un dron no te da permiso para volarlo en cualquier parte y hay una serie de aspectos que debes tener en cuenta. Por esto mismo, es importante conocer cuáles son las zonas en las que se puede volar y los permisos que son necesarios. Para suerte de los s, hay un mapa en particular que pone las cosas más fáciles.
Zonas y permisos
Hay que tener claro que, dependiendo del lugar de operación o hasta del tipo de actividad que se quiera llevar a cabo, el operador en cuestión tiene que cumplir una serie de requisitos, con más o menos limitaciones, o hasta tener prohibida la opción de volar el dron.
- ¿Puedes volar de noche?
Sí. Pero necesitas cumplir otra serie de requisitos que no deberemos pasar por alto en ningún momento. En este caso, debes tener una autorización de AESA y un estudio de seguridad específico en el que “se constante la seguridad de la operación nocturna”. Por lo que será un factor indispensable si queremos llegar a poder volar de noche, sin luz natural.
Además, el dron en cuestión debe tener luces, pintura o cualquier otro dispositivo que asegure que va a ser visible durante la noche sin ningún problema. Y, como recomendación, conviene planearlo con anterioridad ya que la AESA tiene hasta seis meses para responder a la solicitud para volar de noche.
- ¿Puedo volar sobre conciertos, fiestas o bodas?
No, en la mayoría de los casos. Si tu dron pesa 250 gramos o menos, sí podrás hacerlo. En este caso, podrás volar en entornos de edificios o reuniones de personas al aire libre siempre y cuando no superes los 20 metros de altura, no causes molestias o cumplas el resto de normas ya mencionadas en párrafos anteriores.
Si tu dron pesa más de 250 gramos no podrás sobrevolar reuniones de personas ni aglomeraciones de edificios ni lugares habitados. En caso de hacer grabaciones como puede ser una boda o un concierto, se deberá tener en cuenta la regulación de Protección de Datos, la ley de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, las restricciones para la toma de imágenes aéreas y tener permiso para difundir públicamente esas imágenes.
- ¿Puedo volar en la playa?
Todos hemos visto increíbles tomas aéreas de playas y surf. Los drones se están volviendo inmensamente populares entre los surfistas y los entusiastas de los deportes acuáticos porque pueden grabar sus peripecias mientras están en el agua. Sin embargo, aunque eso puede ser algo bueno para hacer con un dron, aún es importante saber si se le permite o no volar un dron en la playa. Lo cierto es que no todas las playas permiten su vuelo. Lo mejor, y más evidente, es buscar lugares aislados y poco transitados para minimizar y evitar riesgos.
También se recomienda escoger momentos como las primeras horas de la mañana para evitar la presencia de bañistas o de personas tomando el sol. Generalmente, si una ciudad o pueblo ha prohibido el uso de drones en las playas locales, habrá carteles que comparten esta información justo a la entrada de la playa. Si vemos un letrero con la imagen de un dron con una línea roja diagonal que lo atraviesa, no vueles el dron. Otra cosa importante a tener en cuenta es que todos los parques nacionales prohíben el uso de drones. Esto incluye tierras de playa protegidas reservadas como parques nacionales o costas.
- ¿Puedo volar en interiores?
Un recinto cerrado puede ser una nave industrial, un pabellón, un recinto deportivo, un centro de congresos, o incluso un domicilio particular, por poner algunos ejemplos. En el caso de los estadios de fútbol según la estructura de este podrá considerarse un recinto cerrado o no, en función de su arquitectura, de que esté o no cubierto, etc.
Estos lugares al no formar parte del espacio aéreo no se encuentran bajo la jurisdicción de la AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), tal y como os hemos comentado más arriba. Por lo tanto, serán los dueños de dichas instalaciones, o en su defecto las istraciones responsables de su gestión, como Ayuntamientos en el caso de teatros o pabellones polideportivos municipales, los que decidan si autorizan el vuelo o no de nuestros drones. Lo cual podrá ser algo circunstancial y que dependerá de cada actividad que se vaya a realizar, como filmar un evento, toma de fotos, pruebas, competiciones, etc.
También es interesante que tengas en cuenta que, si no eres un piloto experimentado, evita volar el dron en cualquier tipo de zona que no sea al aire libre, más aún si hay personas en su interior. Los espacios cerrados tienen espacios reducidos, obstáculos, y por lo tanto una mayor posibilidad de que nuestro dron sufra o provoque un accidente. Por otro lado, sería buena idea que limites la velocidad del dron para mejorar su manejo, y que tengas en cuenta que en interiores podemos perder la señal del GPS, por lo que el manejo del dron sería exclusivamente manual.
Mapa de vuelo de drones
Si tienes un dron y quieres saber dónde volarlo cerca de tu hogar o zona de trabajo, puedes consultar
ENAIRE dispone de su propia App, y antes de cada vuelo tendremos que cumplimentar un sencillo cuestionario, indicando el tipo de dron que vamos a volar, así como los motivos del vuelo, ya sean académicos, de ocio, competición, o cualquier otro ámbito permitido por el gobierno de nuestro país.
Una vez rellenado, se nos facilitará toda la información relevante necesaria para el vuelo, adaptada además a nuestras circunstancias particulares. Y así vamos a poder conocer cuáles son nuestros límites, geográficos y legales. Además, este fantástico mapa interactivo también vamos a poder dibujar nuestras rutas para establecer un mejor plan de vuelo, calcular distancias, identificar zonas, realizar búsquedas, y estar al tanto de los NOTAM* notificados por las autoridades pertinentes.
Según la web oficial de AIP España, un NOTAM es: ‘Aviso distribuido por medios de telecomunicaciones que contiene información relativa al establecimiento, condición o modificación de cualquier instalación aeronáutica’.
¿Qué operaciones requieren autorización?
Los diferentes tipos de operaciones que requieren autorización, y que debes solicitar con tiempo, son:
- Operaciones aéreas especializadas y vuelos experimentales de aeronaves con peso superior a 25 kg de masa máxima en el despegue, a excepción de las operaciones áreas especializadas con peso máximo de 50 kg y cuyo dron esté a una distancia horizontal del piloto (o de los observadores) inferior a 500 metros o cuya altura máxima del terreno sea de 120 metros o sobre el obstáculo más alto situado en un radio dentro de los 150 metros desde la aeronave.
- Operaciones áreas especializadas que operen más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con una aeronave de más de 2 kg de MTOM (masa máxima al despegue)
- Operaciones áreas especializadas o vuelos experimentales realizados de noche.
- Operaciones aéreas especializadas sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o reuniones de personas al aire libre.
- Operaciones áreas especializadas en espacio aéreo controlado y en zonas de información de vuelo, incluida la zona de tránsito de aeródromo.
¿Qué lugares son adecuados para volar?
Incluso conociendo las reglas y permisos, es posible que no se te ocurran lugares específicos en los que disfrutar del vuelo de drones. Hay algunas zonas que podrían parecer adecuadas para el vuelo con estos dispositivos, pero que, en realidad, no permitan su uso. Por ejemplo, si resides en Madrid o en los alrededores, no podrás volar drones sin permiso de la AESA en lugares tan populares y de grandes dimensiones como El Retiro o Madrid Río. Tampoco está permitido que lo hagas en la Casa de Campo, así como en zonas del centro como La Latina.
Para volar tu dron con libertad te recomendamos lugares un poco más alejados, pero ideales en este sentido, como es el caso de Móstoles, que se encuentra a 20 kilómetros de la capital. Otros puntos de interés recomendables cerca de Madrid incluyen Nuevo Baztán a 50 kilómetros, Villamanrique de Tajo, Villarejo de Salvanés o Pozuelo del Rey.
Si necesitas conocer otros lugares a lo largo y ancho de España, lo mejor es que consultes la web de Enaire y su sistema de planificación de vuelos con el mapa recreativo o profesional. Si bien hay muchos puntos del mapa que requieren la autorización y otros directamente bloquean el vuelo de drones, no se puede decir que la geografía española no disponga de una gran cantidad de zonas interesantes en las que disfrutar de esta afición.
No obstante, y además de seguir la normativa existente, es importante hacer uso del sentido común cuando vayamos a levantar el vuelo. Si observamos como volar nuestro dron puede comprometer la seguridad de cualquier otra persona, por cualquier motivo, lo mejor que podemos hacer es o cambiar de zona o esperar un tiempo a que el posible peligro haya desparecido.
Además, en caso de duda, siempre está bien confirmar con las autoridades pertinentes cualquier acción que vayamos a realizar con nuestro dron y tengamos dudas acerca de su legalidad. Como, por ejemplo, cuando queremos usar nuestro dron para grabar un acontecimiento deportivo o para hacernos una fotografía desde el aire cuando estamos celebrando cualquier acontecimiento con nuestros amigos o familiares y queremos inmortalizarlo. Las autoridades nos informarán acerca de todo lo que tenemos que saber a la hora de valorar, o no, la puesta en marcha de nuestro dron.
Además, y como ya hemos mencionado repetidamente en este artículo, siempre está bien valorar la contratación de un seguro de responsabilidad civil que nos proteja de cualquier posible accidente en el que nos veamos envueltos y que haya causado algún daño. Con independencia de que se trata de un dron doméstico o de uno profesional, garantizándonos siempre tanto nuestra seguridad como nuestra tranquilidad.
Últimas novedades en la normativa
El Real Decreto 517/2024, publicado en el BOE el 5 de junio de 2024 y con entrada en vigor el 25 de junio del mismo año, es el que introduce los últimos cambios en la normativa de drones en España, y por tanto, el que debe ser el punto de partida de cualquier de estos aparatos que quiera estar seguro de cumplir la ley. Su objetivo es alinear la ley en España con el marco jurídico europeo. Las principales novedades son las siguientes:
Drones con marcado CE: Se establece la obligatoriedad de que todos los drones vendidos y operados en España cuenten con el marcado CE, en cumplimiento con la normativa europea. Este requisito garantiza que los UAS cumplen con los estándares de seguridad y calidad exigidos, facilitando su integración en el espacio aéreo y asegurando su operatividad en distintas categorías de vuelo. Por ello, no puedes usar un dron que no cuente con esta etiqueta.
Modificaciones en la operación de UAS: Se introducen cambios en el régimen de uso del espacio aéreo, eliminando la distinción entre actividades recreativas y profesionales. Se unifican los requisitos y limitaciones para todas las operaciones dentro de las zonas geográficas UAS y se establece una publicación digital única de estas zonas.
Nueva regulación de Zonas Geográficas UAS: Se ajusta la zonificación a las necesidades del sector, permitiendo operaciones en espacios aéreos controlados sin coordinación con los proveedores de servicios de tránsito aéreo (ATSP), siempre que estén fuera del entorno de aeródromos y no superen los 60 metros de altura.
Formación de pilotos a distancia: Se establece un marco normativo para la formación en la categoría «específica» bajo autorización operacional, incluyendo la creación de Entidades Designadas para la instrucción práctica y nuevas figuras como instructores, examinadores y evaluadores. Además, se introduce la formación en radiofonía aeronáutica para pilotos de UAS.
Operaciones No EASA civiles: Se define el régimen para actividades como aduanas, policía, búsqueda y salvamento, y lucha contra incendios. Se crea un marco normativo específico y se diferencia entre operaciones directas (ejecutadas por entidades públicas) e indirectas (realizadas por operadores en su nombre), con requisitos diferenciados.
Regulación del U-Space: Se refuerza el marco regulador para la gestión del espacio aéreo U-Space. CIDETRA designará las zonas U-Space, mientras que AESA será responsable de la supervisión y certificación de proveedores de servicios.
Además de esto, los s que quieran pilotar un dron en Categoría Abierta y Específica, abarcando tanto el marcado de clase C3 como el de clase C2 o el de clase C1, necesitarán disponer de un Electronic ID de una manera totalmente obligatoria. A partir del día 30 de agosto de 2024, se activó la norma por la cual los operadores no volverán a tener la posibilidad de presentar declaraciones de conformidad correspondientes a los STS-ES. Esto se aplica en los estándares europeos tanto STS-02 como STS-01.
Todas las modificaciones y novedades que se incorporan a la normativa afectan de forma absoluta a todas las aeronaves que no se encuentran tripuladas. No importa si están controladas a distancia o si son autónomas. Solo hay una excepción a ello: drones que correspondan a cuerpos de seguridad o de distintas organizaciones del estado.
Esto incluye tanto a los militares, como a los profesionales que se dedican al salvamento, los agentes de aduanas, bomberos, policías y otros cuerpos de seguridad, o los encargados del control de fronteras. En ese tipo de casos la forma de gestionar el uso de drones es distinta y no se aplican las exigencias a nivel de que hemos indicado líneas antes.
Vuelos ilegales de drones
¿Qué pasa si no se cumplen las normas y hay vuelos ilegales? Podemos denunciarlos si nos ponen en peligro y las multas pueden ser de miles de euros.
¿Cómo denunciar un vuelo ilegal?
Si tienes algún vecino que está volando un dron de forma supuestamente ilegal o ves que no cumple con estas normas (por ejemplo, sobrevuela tu casa con un dron de un peso aparentemente mayor a 250 gramos) pues denunciarlo. Puedes comunicarte con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y esta recomienda a los ciudadanos que denuncien todos los casos en los que parezca que se está incumpliendo cualquiera de las normas anteriores ya que podría suponer un problema para la seguridad de las personas o los bienes materiales.
La AESA asegura que estudia todas las denuncias recibidas y estas pueden presentarse en la propia AESA o bien ante las Fuerzas y Cuerpos de seguridad. En el caso de comunicarte con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, tendrás que identificarte con tu nombre y DNI y dar el mayor número posible de datos sobre el hecho que vas a denunciar, siempre en la medida de lo posible:
- Fecha de los hechos
- Zona que ha sido sobrevolada y descripción de las condiciones (de noche o de día, dónde, etc)
- Datos e la persona física o jurídica denunciada
- Datos del piloto al mando (siempre que se pueda)
- Datos de la aeronave (en la medida de lo posible)
- Cualquier documentación que pueda ser relevante
Para presentar la denuncia se puede hacer:
- De forma telemática a través de la sede electrónica de AESA aquí.
- Registro General de AESA, en la 1ª planta del nº 40 de la calle General Perón de Madrid.
- En alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Ante las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, que lo pondrán en conocimiento de AESA
Multa por volar drones sin licencia
Si vuelas un dron que no requiere licencia y lo haces bajo las circunstancias y condiciones permitidas no te pasará nada porque es legal, teniendo en cuenta todo lo que hemos comentado y la legislación existente. Sin embargo, si vuelas un dron que necesita licencia sin tenerla puedes tener problemas ya que deberías haber gestionado el trámite de tu licencia.
Podrás recibir una multa que depende del tipo de conductor del que se trate. Los particulares sin conocimientos aeronáuticos pueden tener una multa de 60 a 225.000 euros.
- Falta leve: De 60 a 45.000 euros.
- Falta grave: De 45.001 a 90.000 euros.
- Falta muy grave: De 90.001 a 225.000 euros.
Sin embargo, si eres una empresa, profesional o tienes conocimientos aeronáuticos, las infracciones son superiores.
- Falta leve: De 4.500 a 70.000 euros.
- Falta grave: De 70.001 a 250.000 euros.
- Falta muy grave: De 250.001 a 4,5 millones de euros.
Por eso, tanto si tienes conocimientos como si no es muy importante que sepas lo que haces antes de volar un dron. Si no tienes licencia comprueba que el que tienes cumple los requisitos y pesa menos de 250 gramos, si tienes licencia siempre que cumplas las normas no pasará nada. No se puede saber exactamente la cuantía que te podrá suponer una infracción, pero se maneja entre esas cifras.