¿Pueden escuchar nuestras llamadas? ¿Pueden pinchar nuestro teléfono como en las películas? Sí, se puede. Pero en qué ocasiones y qué tecnologías hacen falta. ¿Se puede desde el punto de vista legal y desde el punto de vista técnico? La evolución de los teléfonos móviles ha hecho que la tarea se complique así que analizamos todas las posibilidades que tiene la Policía y la Guardia Civil para escuchar nuestras llamadas, leer nuestros WhatsApp o escuchar nuestros audios de Telegram.
Pese a que pueden parecer situaciones de película, la realidad es que los pinchazos en las llamadas de producen también en la realidad. Lo más normal es que a ti nunca lleguen a espiarte una llamada, pero las autoridades pueden hacerlo en determinadas situaciones, siempre que esté debidamente justificado. Que te pinchen el smartphone rara vez está permitido por ley, pero dependerá de si has cometido algún tipo de delito.
En esta publicación, conoceremos qué implicaciones legales hay detrás de pinchar un teléfono móvil. ¿Cuándo está permitido? ¿Cómo se espían las llamadas? ¿Puede usarse como prueba en un juicio? ¿Hay alguna diferencia entre las llamadas convencionales y las que se hacen por WhatsApp o Telegram? Todas estas preguntas y algunas más terminarán resueltas si continúas leyendo este artículo.
Escuchar llamadas, ¿qué dice la ley?
Si vamos al Artículo 18 de la sección primera del capítulo segundo de la Constitución, Derechos y libertades (del Título I. De los derechos y deberes fundamentales) podemos leer lo siguiente en el punto 3:
“Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial”
Por su parte, el Código Penal también recoge el derecho fundamental. Artículo 197: Del descubrimiento y revelación de secretos. Que dice lo siguiente:
“El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.”
¿Cuándo nos puede escuchar la policía?
Es decir, ¿pueden escucharnos operadores o Policía? No, salvo resolución judicial. En ese caso, podemos consultar la Ley de Enjuiciamiento Criminal donde se recoge.
- Podrá el Juez acordar la detención de la correspondencia privada, postal y telegráfica que el procesado remitiere o recibiere y su apertura y examen, si hubiere indicios de obtener por estos medios el descubrimiento o la comprobación de algún hecho o circunstancia importante de la causa.
- Asimismo, el Juez podrá acordar, en resolución motivada, la intervención de las comunicaciones telefónicas del procesado, si hubiere indicios de obtener por estos medios el descubrimiento o la comprobación de algún hecho o circunstancia importante de la causa.
- De igual forma, el Juez podrá acordar, en resolución motivada, por un plazo de hasta tres meses, prorrogable por iguales períodos, la observación de las comunicaciones postales, telegráficas o telefónicas de las personas sobre las que existan indicios de responsabilidad criminal, así como de las comunicaciones de las que se sirvan para la realización de sus fines delictivos.
Por tanto… Sí pueden escuchar tus llamadas o “pincharlas” como tantas veces has visto en las películas. Eso sí, siempre deberá haber una orden por parte de un juez. No basta con que la Policía o la Guardia Civil tomen esa decisión. Además, no todas las escuchas realizadas van a ser legales o van a ser útiles en un juicio.
Solo las autoridades policiales, bajo aprobación del juez, pueden pinchar un teléfono móvil. Esto es independiente de si es para esuchar una llamada convencional o una realizada por WhatsApp o Telegram. Una persona de a pie no puede hacerlo, al menos no de forma legal. Da igual que sea tu pareja, tu empleado o tus hijos a quien quieras espiar, estarás cometiendo una ilegalidad si no cuentas con su consentimiento expreso. Sin embargo, eso no quiere decir que no haya programas especializados en ello. Por lo general, esos se utilizarán en casos en los que se haya dado permiso a través de un contrato, por ejemplo, o los ciberdelincuentes para cometer estafas mediante spywares.
Lo que sí permitían tanto el SITEL como Evident X-Stream actualmente es obtener un informe de una persona, recopilando llamadas y archivándolas. O crear un historial de ubicación en función de dónde haya estado esa persona, además de con quién ha hablado. También ofrece alertas en tiempo real cuando se recibe una llamada. Para las llamadas también puede usarse un IMSI Catcher, que puede degradar la red usada a 2G y aprovechar vulnerabilidades para espiar las llamadas, tal y como usó el propio Villarejo.
El nuevo sistema R-12
Este nuevo sistema R-12 es más potente que el actual que acabamos de comentar, SITEL, y es usado principalmente por los equipos de investigación de la UCO. La UCO (Unidad Central Operativa), es una órgano de la Policía Judicial de la Guardia Civil, y su principal labor es la lucha contra las formas más graves de delincuencia que llevan a cabo organizaciones criminales, terroristas o narcotraficantes, tanto en el ámbito nacional como internacional. La UCO es un apoyo fundamental en la lucha contra el crimen para unidades de la Policía que bien por falta de efectivos o de jurisprudencia no puedan encargarse de estos asuntos.
El sistema R-12 se lleva usando desde finales de 2019 o principios de 2022, y está integrado dentro de SITEL, pese a que como decimos es más avanzado y potente, y por lo tanto con más capacidad. R-12 aunque opera de un modo similar, ofrece mayores prestaciones, calidades más altas de grabación de las llamadas interceptadas, así como mayor almacenaje de estas llamadas que se extraen de los teléfonos móviles intervenidos para dichas operaciones.
La forma de funcionar es idéntica a la de SITEL en el sentido de que previamente será necesario obtener una autorización judicial para poder acceder a las llamadas de los sospechosos. Además, y al igual que sucede con SITEL, las unidades de investigación trabajan con traductores, ya que en muchos casos las llamadas son en otro idioma.
Grabaciones de llamadas como pruebas en juicios
¿Y si somos nosotros los que llevamos la llamada grabada y no la policía la que las intercepta? ¿Podemos, en ese caso, utilizarla como prueba en un juicio? Depende. Lo has visto en películas pero hay muchos matices y no siempre se aceptará como prueba. Sí se itirán pruebas de llamadas grabadas siempre que no haya coacción ni provocación ni engaño de la persona a la que se está grabando. Además, tú debes ser parte de la conversación, el sujeto que graba es parte activa. Es decir, no vale como prueba que tú grabes a tu vecino hablando con tu vecina sino que tú debes ser parte de la conversación. Aun así, no siempre lo itirán y hay muchos matices que pueden hacer que esta prueba se anule.
Otro de los requisitos es que esté relacionado con el asunto que se denuncia o que se lleva a juicio. Nos lo explicaba en otro reportaje a ADSLZone el abogado Juan Antonio Salmerón: “Si se utilizan conversaciones privadas o sensibles pero donde no se trata el tema principal sobre el que verse el juicio, pueden anular dicha prueba por vulnerar derechos fundamentales de esa persona que también participa en las conversaciones”.
Aunque esto, por supuesto, no tiene nada que ver con el de la policía en caso de ser necesario pinchar un teléfono porque no quedará más “remedio” que escuchar todas las conversaciones de esa persona o presunto culpable hasta encontrar una prueba o algo que le incrimine y que pueda ser de utilidad.
Como hemos podido comprobar, todo lo que tiene relación con las llamadas, y más especialmente si existe el riesgo de que puedan comprometer nuestra intimidad, es importante que siempre quede amparado por la ley. En el caso de la Policía, ellos también tendrán que disponer de la debida aprobación para poder registrar nuestras llamadas. Por lo tanto, a no ser que hayamos hecho algo por lo que se nos pueda estar investigando, no deberíamos tener ninguna preocupación al respecto porque estaríamos ante una situación que no podría ser considerada como legal.